Informatica

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sábado, 28 de marzo de 2015

Marco Jurídico Venezolano En Las TIC


Leyes, Decretos Y Reglamentos Que Sustentan El Uso De Las TIC en Venezuela


En la nueva era de “la sociedad del conocimiento”, la información y las comunicaciones, son factores extremadamente claves en los procesos de producción y creación de riqueza. Las TIC cumplen un papel determinante en esta nueva sociedad, por lo que los ciudadanos en general y los gobiernos en particular, especialmente en aquellas naciones que van a la vanguardia del desarrollo, han comprendido la convergencia de elementos que comienzan a desplegarse tratando por ende de organizar el contexto tecnológico para incrementar su productividad y bienestar. Las visiones coinciden en concebir a las TIC como instrumentos que pueden contribuir al logro de amplios objetivos nacionales, tanto sociales como económicas, en la medida en que los Estados las incorporen a las principales políticas y programas de desarrollo de sus naciones.
Las tecnologías de Información y comunicación, en cuanto a servicios se enfocan hacia dos direcciones: en primer lugar se orientan hacia los servicios de las tecnologías de información (Contenidos e información en general orientadas hacia la base de conocimiento) y en segundo lugar hacia la acepción de telecomunicaciones a fin de establecer y poner a disposición redes y plataformas tecnológicas que permitan la disponibilidad para acceder a la base de conocimiento de los servicios de información.
No obstante, las Tecnologías de Información y Comunicaciones no son un remedio para solucionar todos los problemas del desarrollo, tales como la pobreza, la calidad de vida y entre otros la igualdad de oportunidades. Por ello, las políticas dirigidas al desarrollo de las TIC deben ir acompañadas de estrategias para así poder reducir el desequilibrio que actualmente se ve, producido por la poca información que se tiene en cuanto a sus beneficios, consecuencias, el uso correcto, etc.
Ante esta realidad, Venezuela enfrenta el desafío de diseñar un Plan de Tecnologías de Información y Comunicación (PlanTIC) que incorpore en sus Lineamientos, Políticas y Estrategias, el conjunto de elementos que faciliten el despliegue de una Plataforma Nacional de Tecnologías de Información (PNTI), que democratice el acceso a la información y el conocimiento, con el apoyo de las tecnologías de comunicación y las posibilidades que brinda la internet, otros logros que nos brinda el Ministerio de Ciencia Y Tecnología al diseñar este plan es la contribución en todos los ámbitos de la sociedad y en la actuación del Estado ya que se manifiesta de manera concreta en:
  • Los procesos educativos a todos los niveles y modalidades, y de bienestar social.
  • En el desarrollo rural y en la programación de la distribución de la riqueza.
  • En los esfuerzos de conservación de los recursos naturales y del medio ambiente.
  • En los procesos de dirección y gobierno para construir una economía fuerte con armonía social (prospectiva en línea y planificación interinstitucional automatizada).
Para que el país o el Ministerio de Ciencia Y Tecnología que es el ente encargado en esta materia logre llegar a cumplir con este desafió necesita de una exigencia de capacidad tanto de dirección como del gobierno.
En la situación actual de las TIC, en Venezuela existe una infraestructura de telecomunicaciones que provee servicios básicos, tanto en el sector público como en el privado, y durante años el Estado ha invertido recursos a nivel de educación superior para formar una generación de profesionales calificados que atienda este sector. Desde el punto de vista legislativo, recientemente se ha modificado la Ley de Telecomunicaciones que data de 1945 con la finalidad generar un marco adecuado para la modernización y apertura de las telecomunicaciones en el país.
En el marco legal, Venezuela se fundamenta es a partir del año 1999 donde establece en los artículos (102, 108, 109,110) que el estado venezolano garantizara y designara recursos suficientes para el servicio de información mediante los servicios de informática y medios de comunicación en pro del conocimiento y al derecho a acceder a la información. La actual Constitución Nacional de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela reconoce como de interés público la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y sus aspiraciones y los servicios de información, a los fines de lograr el desarrollo económico, social y político del país.
En relación a los decreto No 825, 3 390 y 1 290, orientan el formato de la educación, la ciencia y la tecnología como instrumentos fundamentales para el desarrollo y la transformación económica y social del país. La actual Constitución Nacional de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela reconoce como de interés público la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y sus aspiraciones y los servicios de información, a los fines de lograr el desarrollo económico, social y político del país.
Existen tres decretos muy importantes que avalan las Tecnologías:
  • El 825 (uso del internet): Declara el acceso y el uso de internet como política prioritaria para el desarrollo cultural, económico y social del país, así como también en uno de sus artículos señala que el antiguo Ministerio de Educación Cultura y Deportes dictará las directrices para instruir sobre el uso de internet, es decir, no sólo lo incorpora sino lo regula para su correcto funcionamiento.
  • El decreto 3.390 (aplicación del software libre): Impulsa el software libre en todas las instituciones de administración pública, desarrollado con estándares abiertos, para no limitar a las personas al uso de una licencia privada, principalmente a las instituciones educativas.
  • Y el decreto 1.290 (administración y financiamiento de la tecnología): Comienza a formar parte en el año 2.008 del Ministerio de Ciencia y Tecnología el cual define las estrategias y lineamientos que orientan todas las políticas en materia Tecnológica.
Por otro lado, encontramos la Ley Orgánica De Educación la cual nos expresa que los medios de comunicación son esenciales para el desarrollo del proceso de educación. Art 9.
Es importante destacar que las TIC en materia educativa nos ofrece:
  • Desarrollo de contenidos educativos en formato electrónico para los diferentes niveles y modalidades del sistema educativo venezolano.

  • Formación del personal docente en el uso y aplicación de las tecnologías de información y comunicación.

  • Desarrollo de la infraestructura tecnológica de telecomunicaciones y de conectividad a Internet, a ser utilizada por los actores que intervienen en el proceso educativo
De igual manera la LOPNA art. 73 establece la inclusión a los niños y los adolescentes en todos los aspectos de investigación Tecnológica: y por último la Ley de Telecomunicaciones que está encargada de promover el desarrollo de los proyectos que se relacionen con la transferencia tecnológica y uso de los equipos.
Leyes y Decretos aprobados en Venezuela.
-1999: La aprobada ley de simplificación de trámites administrativos. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Extraordinario Nº 5.891 de fecha 22 de octubre.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Carta Magna vigente de Venezuela, adoptado el 15 de diciembre.
-2000: Decreto Nº 825 sobre el acceso y uso de internet. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Nº 36.955 fecha de 22 de mayo.
-2001: Ley especial de delitos informáticos. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº
Ley sobre mensajes de datos y firmas electrónicas. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 1.204 de fecha 10 de febrero.
Resolución Nº 079 sobre criterios técnicos para la adquisición de sistemas de computación en la administración pública. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.243 de fecha 19 de julio.
-2003: Decreto Nº 2.479 Creación de la comisión presidencial para la red del Estado. De fecha 27 de junio, Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.733 de fecha 16 de julio.
-2004: Decreto Nº 3390 sobre el uso de software libre en la administración pública. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.095 de fecha 23 de diciembre
Reglamento parcial del Decreto de ley sobre mensajes de datos y firmas electrónicas. Decreto Nº 3.335 de fecha 12 de diciembre. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.086 de fecha 14 de diciembre.
Reglamento parcial de la Ley Orgánica de la Ciencia, Tecnología e Innovación. Decreto Nº 8.579 de fecha 8 de noviembre. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.795 de la misma fecha.
-2006: Resolución 3.320 MCTI mediante la cual se dictan políticas, normas y procedimientos de seguridad informática, física y lógica en los bienes informáticos de los Órganos y entes de la administración Pública. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.414 de fecha 16 de abril.
Resolución Nº 321 MCTI mediante la cual se establece el registro de la plataforma de los recursos de tecnología de la administración Pública. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.418 de fecha 17 de abril.
-2009: Resolución Nº 005 MPPTI Sobre formatos de archivos no editables. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.109 de fecha 29 de enero.
Resolución Nº 006 MPPTI Sobre formatos de archivos no editables. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.109 de fecha 29 de enero.
37.313 de fecha 30 de octubre.

 

-2010: Ley orgánica de ciencia, tecnología e innovación. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.575 de fecha 16 de diciembre.
Resolución N 025 MCTI sobre uso de la meta distribución Canaima GNU/Linux en la administración Pública Nacional. Gaceta oficial Nº 39.633 de la fecha 14 de marzo.
-2011: Ley de Telecomunicaciones Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Nº 39.610 de fecha 07 de febrero.
Ley de Responsabilidad Social en radio, televisión y medios electrónicos. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº39610 de fecha 07 de febrero
-2012: Ley sobre acceso e intercambio electrónico de datos, información y documentación entre los órganos y Entes del Estado. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Nº 39.945 de fecha 15 de junio.
-2013: Ley de infogobierno. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.274 de fecha 17 de octubre.
Ley Plan de la patria publicada en la gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Nº 40.308 extraordinario Nº 6.118 con fecha del 4 de diciembre.


-2010: Ley orgánica de ciencia, tecnología e innovación. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.575 de fecha 16 de diciembre.
Resolución N 025 MCTI sobre uso de la meta distribución Canaima GNU/Linux en la administración Pública Nacional. Gaceta oficial Nº 39.633 de la fecha 14 de marzo.
-2011: Ley de Telecomunicaciones Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Nº 39.610 de fecha 07 de febrero.
Ley de Responsabilidad Social en radio, televisión y medios electrónicos. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº39610 de fecha 07 de febrero
-2012: Ley sobre acceso e intercambio electrónico de datos, información y documentación entre los órganos y Entes del Estado. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Nº 39.945 de fecha 15 de junio.
-2013: Ley de infogobierno. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.274 de fecha 17 de octubre.
Ley Plan de la patria publicada en la gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Nº 40.308 extraordinario Nº 6.118 con fecha del 4 de diciembre.


Las TIC en Ecuador


El alcance de la tecnología en la actualidad es irrefutable, desde el teléfono hasta las redes sociales son herramientas facilitadoras de la comunicación, además de rápidas permiten un constante intercambio de información sin importar el lugar desde donde se encuentran las personas, aportando un uso más amable ante la problemática ecológica. Ecuador, en vista de lo anterior explicado, ha incorporado a sus sistemas de administración de servicios públicos el uso de las TIC, llamándolo ‘Ecuador digital 2.0’’, siendo este el motivo de realización del presente trabajo teniendo como objetivo el de suministrar mayor información acerca de las nuevas formas que presenta el Estado ecuatoriano para hacer cumplir cada uno de los derechos de su nación.
En el desarrollo de este ensayo nos vamos a introducir en el uso y el impacto que traen consigo el empleo de estos métodos en el ámbito jurídico. Hay que tener presente que Ecuador, a pesar de brindar los instrumentos necesarios para la aplicación de estas técnicas, le hace falta más adelanto en lo que se refiere a la evolución de la tecnología, sin embargo, brinda efectos positivos a lo que vendría siendo la participación en conjunto de personas-Estado, proveyendo una reciprocidad voluntaria por parte de los individuos que conforman la sociedad. Si de medios tecnológicos hablamos, nos referimos a las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), ya que se trata de todas aquellas herramientas y programas que administran, transmiten y comparten la información mediante soportes tecnológicos. La informática, Internet y las telecomunicaciones son las TIC más extendidas, aunque su crecimiento y evolución están haciendo que cada vez surjan más modelos. Este sistema supone un gran beneficio, ya que mejora el manejo de la información y el avance de la misma desde una perspectiva más abierta ya que están en cualquier lugar, permitiendo que la asistencia sea más factible. Las TIC o Tecnologías de la Información y Comunicación, son uno de los elementos clave, en los que el Ministerio de Justicia está haciendo gran hincapié para la Modernización del Sistema Judicial.
Aunque la mayoría de los ciudadanos conozcamos los beneficios de las redes tecnológicas y la navegación por la web, al descubrir este medio nos preguntamos “¿Para qué sirve el internet y las tecnologías?” aquí detalladamente se señala el objetivo de las TIC:
  1. Inmaterialidad:

La digitalización nos permite disponer de información inmaterial, para almacenar grandes cantidades en pequeños soportes o acceder a información ubicada en dispositivos lejanos.

  1. Instantaneidad:

Podemos conseguir información y comunicarnos instantáneamente a pesar de encontrarnos a kilómetros de la fuente original.

  1. Interactividad:

Las nuevas TIC se caracterizan por permitir la comunicación bidireccional, entre personas o grupos sin importar donde se encuentren. Esta comunicación se realiza a través de páginas web, correo electrónico, foros, mensajería instantánea, videoconferencias, blogs o wikis entre otros sistemas.

  1. Automatización de tareas:

Las TIC han facilitado muchos aspectos de la vida de las personas gracias a esta característica. Con la automatización de tareas podemos, por ejemplo, programar actividades que realizaran automáticamente los ordenadores con total seguridad y efectividad. Existen interesantes cursos de TIC, desde enfados a profesores como a público en general. Incluso hay programas más especializados como los masters en TIC.

Desde hace años Ecuador, en vista de la gran influencia que significa el auge que caracteriza a las diferentes redes sociales, el uso de la tecnología y lo activos que permanecen sus habitantes en estas, ha implementado un sistema de uso de TIC en la administración de justicia como proyecto de mejoramiento en los servicios de justicia facilitando la colaboración de ciudadanos y funcionarios públicos en el desarrollo de los servicios que presta. El uso y evolución de las Tecnologías de Información y la Comunicación (TIC), brinda nuevas oportunidades para que una institución esté innovada y pueda prevalecer frente a la competencia, transformando sustancialmente los procesos de intercambio y producción de información. Pero el uso indebido de las mismas por gente inescrupulosa que realiza ataques en contra de la integridad de sistemas computacionales o redes ha causado enormes pérdidas económicas, especialmente en el sector comercial y bancario, debido a esto las empresas pierden credibilidad y se debilitan institucionalmente. Por esta razón se desarrollan herramientas que permite descubrir a los autores del delito y asegurar las pruebas del mismo.
En julio el poder ejecutivo de Ecuador, a través del Consejo Nacional de Telecomunicaciones, aprobó un reglamento para usuarios/as de servicios de telecomunicaciones y de valor agregado, allí se establecen principios fundamentales que defienden los derechos e intereses de la ciudadanía, como la neutralidad de la red, y en líneas generales se garantiza la libertad de la comunidad usuaria a la hora de contratar servicios y rescindir esos contratos
El uso de las TIC en Ecuador persigue el objetivo de la completa "digitalización" de los expedientes Judiciales, en pos de hacer desaparecer al papel como soporte y sacándonos por fin del tópico de: “Justicia = legajos de papel que se amontonan en las estanterías judiciales”.
Es importante saber el impacto de esta nueva Ley reguladora del uso de las Tecnologías de Información y Comunicación en la Administración de la Justicia, ya que es necesario conocer el papel que cumple en las organizaciones públicas y, más concretamente, en el ámbito de la Administración de la Justicia. Además de este gran avance que permiten los medios tecnológicos, como crear una base tecnológica segura donde se puedan almacenar los expedientes.
La Secretaria General pone a disposición de sus usuarios los procedimientos, requisitos, formularios y anexos necesarios para la realización los distintos trámites para los cuales está facultada. Aquí se ofrece información que se necesite utilizando enlaces de descargas como: Exhortos o cartas rogatorias y Formularios.
Por otra parte para lograr un mejor funcionamiento en la Administración de Justicia, se necesita un avance en las tecnologías del Ecuador. El doceavo pilar del GCI estudia la innovación tecnológica, la cual juega un papel fundamental en países menos desarrollados para incrementar la productividad al adoptar tecnologías existentes y agregar valor a las cadenas de producción. Es necesaria la colaboración conjunta entre el sector público y privado para mejorar el ambiente de innovación; incrementar la inversión en investigación y desarrollo especialmente del sector privado; el establecimiento de institutos de investigación científica que puedan generar el conocimiento necesario para la creación de nuevas tecnologías; colaboración entre la industria y universidad para la investigación y desarrollos tecnológicos; y la protección de la propiedad intelectual son algunos factores que contribuyen a mejorar la capacidad de innovación de un país. Las posiciones más bajas del Ecuador en cuanto a innovación tecnológica se presentan en el número de patentes PCT por cada millón de habitantes (puesto 97), calidad de las instituciones de investigación científica (puesto 85) y presencia de científicos e ingenieros (puesto 73). Seguido de capacidad de innovación (puesto 53), colaboración universidad-industria para investigación y desarrollo (puesto 50), gastos en investigación y desarrollo empresarial (puesto 36) y adquisición gubernamental de productos tecnológicos avanzados (puesto 29).Por otro lado, similar a otros indicadores se puede apreciar el uso ineficiente de las TIC por parte de las empresas e individuos, los cuales dentro de un contexto de competitividad ubica al Ecuador en posiciones inferiores en comparación a otros países de la región. Además permite identificar la necesidad por incrementar la adopción de las TIC en la ciudadanía y especialmente en las empresas, principalmente al considerar sus efectos positivos en la productividad empresarial y laboral.
El Ecuador todavía enfrenta retos significativos que limitan sus niveles competitivos potenciales. Notablemente, el funcionamiento de las instituciones públicas, judiciales y privadas todavía es débil (puesto 91). Preocupaciones respecto a la falta de independencia del sistema judicial (puesto 100) origina desconfianza en el marco legal nacional. Asimismo, el funcionamiento ineficiente del mercado de productos (puesto 106), del mercado laboral (puesto 111) y del mercado financiero (puesto 89) causado principalmente por la falta de competitividad, genera preocupación (Foro Económico Mundial, 2013).
La buena noticia es que actualmente se ha visto un gran avance de Ecuador en la aplicación de las TIC. En el mes de Abril del año actual se hizo un estudio en Latinoamérica para evaluar el uso de las tecnologías en cada país. Ecuador escalo 9 posiciones en el ranking de aplicaciones de las TIC, 91 a la 82 en un indicador que mide la capacidad de 148 economías de aprovechar las Tecnologías de la Información y la Comunicación. Esto facilita el avance para lograr un mejor enlace de las TIC con la administración de justicia, y modernizar cada vez más las instituciones judiciales, ya que para nadie es un secreto que los medios de comunicación han garantizado una nueva era donde el internet es el protagonista en la vida, comunicaciones y el apto desarrollo de los habitantes en este siglo.

viernes, 27 de marzo de 2015

Informática Decisoria

El mundo judicial es una institución muy amplia, y además indispensable y global, aunque en cada estado se adapte de una forma un poco distinta con el fin de encajar con las características de ese territorio y su población, el objetivo es siempre el mismo: Ordenar y moldear la sociedad para brindar una convivencia correcta. Para facilitar este proceso judicial han surgido distintas formas conforme a cómo evoluciona la sociedad, el internet es una herramienta muy popular que actualmente mueve masas, por tal motivo se ha adaptado a la utilización de la materia jurídica.

 Como factor primordial debemos reconocer que la informática jurídica estudia el tratamiento automatizado de distintos factores, como las fuentes del conocimiento jurídico a través de los sistemas de documentación legislativa, jurisprudencial y doctrinal que se encuentra englobado en la informática jurídica documental; las fuentes de producción jurídica, a través de la elaboración informática de los factores lógico-formales que concurren en proceso legislativo y en la decisión judicial que se conoce como la informática jurídica decisional; y los procesos de organización de la infraestructura o medios instrumentales con los que se gestiona el Derecho visualizada como la informática jurídica de gestión.En conclusiones sencillas puede definirse la informática jurídica como la ciencia que estudia la utilización de aparatos o elementos físicos electrónicos, como la computadora, en el derecho, es decir, la ayuda que este uso presta al desarrollo y aplicación del derecho.

Como antes mencionado existen distintas formas previamente clasificadas de utilizar la informática en materia de asuntos de Derecho, una de ellas es la informática decisoria. La Informática Jurídica Decisoria o Decisional, por  último, es la utilización de la Informática como un instrumento para ayudar a la toma de decisiones. Tal es el caso de los jueces ante las sentencias. Está basada, principalmente, en técnicas de la denominada “inteligencia artificial” con el empleo de sistemas expertos y herramientas similares.”
  Reconocer la procedencia de algún tema en específico a comprender, facilita que dicha comprensión resulte más efectiva, y por lo tanto conduce de una forma eficaz a asociar aspectos del actual tema que nos interesa conocer y hace más didáctico y comprensivo el aprendizaje. Por lo tanto previamente de estudiar a la Informática Decisoria, es necesario tener una noción del tema general que la engloba.

Informática Jurídica

Se define a la informática jurídica como la técnica que tiene por finalidad almacenar, ordenar, procesar y entregar según criterio lógico y científico, todos los datos jurídicos necesarios para documentar o proponer la solución al problema de que se trate, mediante el estudio del tratamiento automatizado de las fuentes de conocimiento jurídico y de los medios instrumentales con que se gestiona el Derecho.
Es una ciencia que estudia la utilización de aparatos o elementos físicos electrónicos, como la computadora, en el derecho; es decir, la ayuda que este uso presta al desarrollo y aplicación del derecho. En otras palabras, es ver el aspecto instrumental dado a raíz de  la informática en el derecho.
La Informática Jurídica puede clasificarse en:   
  • Informática Jurídica Documental. 
  •             Informática Jurídica de gestión.
  •       Informática Jurídica decisoria.
     La informática documental consiste en la creación, almacenamiento y recuperación de información  jurídica como leyes, doctrina,  jurisprudencia, documentos administrativos, contratos, convenios, expedientes judiciales, notariales y registrales; La informática Jurídica de gestión  se compone de programas  a través de los cuales se  asiste en la realización de actos y gestiones de tipo jurídicos,  como contratos, certificaciones, mandatos judiciales; mientras que la informática decisoria se ayuda o apoya en la toma de decisiones, a través de sistemas de inteligencia artificial que brinden soluciones a ciertas problemáticas jurídicas.

Informática Decisoria
 El origen de la informática jurídica parte de un sistema lógico-interpretativo del mismo, ya que al respecto se ha determinado que la lógica del derecho es el estudio sistemático de la estructura de las normas, los conceptos y los razonamientos jurídicos.
La informática decisoria es una disciplina de las ciencias de la información que tiene por objeto la aplicación de la informática en el Derecho, juega un papel muy importante dentro de las instituciones judiciales, ya que ha sido protagonista de un enorme auge gracias a la evolución de técnicas electrónicas y aparatos en donde funcionan estas mismas. La informática Decisoria o Decisional consiste en la aplicación al derecho de técnicas y modelos de inteligencia artificial con el objeto de lograr sistemas expertos que simulen el razonamiento jurídico. Esta disciplina si tiene en consideración las estructuras lógicas normativas y trabaja a partir de sistemas inferenciales.Se basa en el principio de que el computador facilite la información adecuada al jurista para ayudarle a tomar una correcta decisión. El cúmulo de información existente, constituye una explosión documental y es la que ha dado origen a esta nueva necesidad, la cual es la de contar con procedimientos expeditos que nos permitan recuperar la información necesaria en el momento adecuado.
El ejercicio de la función judicial está vinculado con los procesos de pensamiento que realizan los impartidores de justicia para resolver los conflictos sometidos a su consideración, en los que convergen la ley, los hechos, las pruebas, criterios, criterios jurisprudenciales, entre otros tantos factores. Las sentencias, por lo que hace a su apartado de considerandos, son un reflejo de cómo los jueces estructuran los insumos cognitivos que les fueron proporcionados durante el juicio para llegar a la conclusión de que finalmente les lleva a dictar una sentencia. En este sentido, los investigadores en inteligencia artificial y derecho, se han dado a la tarea de diseñar proyectos de sistemas de computación que puedan simular los procesos de pensamientos de los jueces, con la finalidad de que estos puedan auxiliar al juzgador al momento de resolver, sin que ello implique la sustitución de la figura del impartidor de justicia. Cabe destacar que es aquel sistema mecanizado capaz de organizar procesos y analizar automáticamente un cúmulo de información y conocimientos produciendo para el usuario una caracterización deontológica de la acción que debe ejecutar. En otras palabras un consejo o una guía sobre la acción que debería realizar en forma pertinente y funcional.
La mayoría de los proyectos de Inteligencia Artificial aplicada al derecho que se han desarrollado en la Argentina y en el mundo han carecido de continuidad y hoy no existen, lamentablemente, aplicaciones ni estudios de la envergadura que se podría haber esperado.
El diseño de estos sistemas expertos requiere un trabajo de investigación muy arduo para que pueda tener alguna utilidad en la práctica del derecho.Abarca una gran variedad de esfuerzos y proyectos que intentan obtener de las aplicaciones de la informática al derecho, resultados que vayan más allá de la recuperación de información, con la pretensión de que la máquina resuelva por sí misma problemas jurídicos, o al menos auxilie a hacerlo y constituya al avance de la técnica jurídica. Pero, a pesar de ello, el potencial de la informática jurídica decisoria es tal que se podría considerar que en el futuro tendrá el papel de mayor relevancia en el campo de la informática jurídica.

Planos Jurídicos En Los Que Se Utiliza
Al hablar de Informática decisoria nos estamos refiriendo a sistemas de búsqueda basadas en la relación de caracteres por la propia computadora, dando respuesta a la pregunta realizada por el usuario, pero de manera pragmática y no filosófica, por cuanto la computadora u ordenador por constituirse en simplemente una máquina, carece de la capacidad de razonar. Se están diseñando programas sobre todo en aquellos casos en los que la temática a juzgar requiera de una decisión numérica y así utilizarse, por ejemplo, en cuestiones penales relativas al establecimiento del tiempo de una condena o en derecho laboral para establecerse la cuantía de un sueldo o días laborados; y bien podría también pensarse en materia tributaria o aduanera para el cálculo de los impuestos omitidos o no declarados, entre otros. De esta forma, cuando se hace referencia al campo decisional, es necesario tomar en cuenta la ayuda que estos sistemas pueden prestar no solamente al juez en su función pública jurisdiccional, sino también al propio abogado, quien podrá tener una mejor recopilación y actualización de la información jurídica a través de la respuesta proporcionada por el computador u ordenador, obteniendo algo así como una posible predicción de la decisión judicial. No debe perderse de vista, sin embargo, que la persona del juez resulta insustituible por una razón muy simple: lo que se juzga es la conducta humana y lo que se persigue es el valor de la justicia, y estos no tienen formulas ni cálculos exactos. No obstante creemos que puede resultar de una valiosa ayuda en algunos casos como los enunciados.

Clasificación
Cuando se plantea la posibilidad de servirse de los instrumentos informáticos para poder representar los procesos mentales que realizan los jueces previos a dictar sentencia, la respuesta que se recibe son los preconceptos de quienes sostienen que es imposible sustituir la subjetiva apreciación del juzgador por la evaluación mecánica de un aparato por muy sofisticado que este sea. Sin embargo los programadores de computadoras en conjunto con investigadores jurídicos, han desarrollado proyectos de programas de computación que puedan representar los procesos de pensamiento que realizan los jueces al momento de evaluar las pruebas y los escritos presentados por las partes en el juicio que fue sometido a su consideración, evaluación que finalmente les lleva a resolver en un sentido u otro.
Para explicar la definición anterior, entiéndase a un agente como cualquier cosa capaz de percibir su entorno (recibir entradas), procesar tales percepciones y actuar en su entorno (proporcionar salidas), y entiéndase a la racionalidad como una capacidad humana que permite pensar, evaluar y actuar conforme a ciertos principios de optimización y consistencia, para satisfacer algún objetivo o finalidad. De acuerdo al concepto previo, racionalidad es más general y por ello más adecuado que inteligencia para definir la naturaleza del objetivo de esta disciplina.

Sistemas Expertos Legales
Son la estructuración de conocimientos especializados que, acoplados al mecanismo de referencia, saca conclusiones a partir de la información que se le suministra en forma de pregunta o respuesta. Se trata en definitiva de sistemas aptos para tomar dos o más informaciones  para la base de conocimiento, y producir a partir de ellos, una conclusión lógica, cuyo resultado no previo al experto, sino que es adoptado por el propio sistema (inteligencia artificial).

Conformación del Sistema Experto:

1. Los Hechos: Los Hechos, constituyen un bloque de informaciones compartidas disponibles, y generalmente adquiridos de los expertos del campo del conocimiento.

2. La Heunística (encuentro o búsqueda, antes de la búsqueda): mediante su método procede paso a paso  decidiendo tras cada uno de ellos la estrategia que conviene aplicar para dar el cese, y así sucesivamente.También se ha conceptualizado la Heunística como el método que se aplica en el ámbito de la inteligencia artificial.

     Ejemplo: Cuando un ordenador juega ajedrez, y decide cada jugada, no ya de  acuerdo a una lista, sino en función de una nueva situación creada por la última jugada del adversario, que toma una decisión razonada.
     Normalmente un sistema experto se describe egocéntricamente como un sistema informático que concierte: 

  •  Una base de conocimiento en forma de banco de datos bien estructurado.
  •  Un sistema cognoscitivo o motor de inferencias lógicas que comprenden la  mayor parte de los esquemas  de razonamiento validos al interior del dominio considerado.
  •  Una interface encargada de proveer comunicación al usuario con la máquina.

 Se caracterizan por:


  •      Es conveniente que un desarrollo se dé en campos o áreas muy específicas del derecho.
  •           La mayoría se apoyan en la Heunística, que por medio de este método van introduciendo a los usuarios (que casi siempre desconocen las reglas jurídicas), al campo de la normatividad jurídica, relacionándola con los hechos que se dan en un caso específico.
  •             La mayoría de los sistemas expertos jurídicos pueden procesar información incierta o incompleta.
  •       Casi todos los sistemas expertos tienen que estar desarrollados en un vocabulario común, que trate en el conocimiento de los usuarios, las normas del derecho sustantivo y los procedimientos legales.

Sistemas Expertos Actuales
El camino para acortar la distancia en el dialogo usuario-maquina constituye el último de los elementos de un sistema experto, en el ámbito jurídico tiene que ver con la capacidad de obtener reglas de intermediación y sobre todo de control que hagan “explotar” la maquina con sus enormes números de combinaciones posibles. Las reglas de control más seguras, entonces, son las tablas de la verdad, que sin embargo, interfieren con su enorme capacidad de expansión.
Un buen sistema experto puede tener una cualidad rara y crucial: puede aprender; de ser así, cabría pensar en la cantidad de casos que puede analizar y la extraordinaria “casuística” que estaría en posibilidad de incorporar.
En el sistema experto, es necesario que el problema y el dominio en que se situa quedan bien definidos, que los conocimientos sean claros y las reglas de derivación sean pocas y precisas.
En la actualidad son pocos los sistemas expertos de índole jurídica en funciones, y entre lo más interesantes podemos mencionar el Taxman II de McCarty y Sridhen y el de la Rand Corporation de Waterman y Peterson. El primero contiene la más sofisticada representación del conocimiento (KnowledgeRepresentation) y se ocupa de un sector especial, como lo son los títulos accionarios en el derecho fiscal norteamericano. Por otra parte, el segundo tiene la peculiaridad de estar fundado sobre reglas hipotéticas, y probablemente sea el más completo desde el punto de vista del mecanismo de inferencia.
Interesantes también son los sistemas de la Hafner Legal ResearchSystem, que se ocupa del derecho cambiario y con una compleja red semántica; el proyecto Legal de Stamper, que trata de obtener un lenguaje lo más cercano al natural; los sistemas de normalización del lenguaje de Allen y los dos ejemplos existentes en el Instituto para la Documentación Jurídica (IDG) en Florencia: el autómata infortunistico para calcular el monto exigible en caso de accidente automovilístico y el análisis automático de la legislación que trata de analizar y coherencia de los enunciados explícitos y las consecuencias jurídicas de dichos enunciados.

Sistema Inferencial Del Cálculo De Preposiciones
El cálculo de proposiciones se presenta como el Método de Deducción Natural. El cual consiste en un grupo de reglas que nos permiten deducir unas conclusiones a partir de unas hipótesis. Esto es lo que llamamos un sistema inferencial.
Una inferencia es una evaluación que realiza la mente entre expresiones bien formadas de un lenguaje (EBF) que, al ser relacionadas intelectualmente como abstracción, permiten trazar una línea lógica de condición o implicación lógica entre las diferentes EBF. De esta forma, partiendo de la verdad o falsedad posible (como hipótesis) o conocida (como argumento) de alguna o algunas de ellas, puede deducirse la verdad o falsedad de alguna o algunas de las otras EBF.
En un sistema inferencial llamamos inferencias a los procesos mediante los cuales obtenemos una  conclusión a partir de unas premisas de forma que el razonamiento sea válido.
Una inferencia que siga las reglas será una inferencia correcta, mientras que si no las sigue será una inferencia incorrecta.
Por otra parte, como se ha mencionado anteriormente, en Venezuela no hay ejemplos a mencionar. 

Inteligencia Artificial
Es la disciplina que se encarga de construir procesos que al ser ejecutados sobre una arquitectura física producen acciones o resultados que maximizan una medida de rendimiento determinada, basándose en la secuencia de entradas percibidas y en el conocimiento almacenado en tal arquitectura.Por otro lado es tomada como ingeniería, basada en una relación deseable de entrada-salida para sintetizar un programa de computador. "El resultado es un programa de alta eficiencia que funciona como una poderosa herramienta para quien la utiliza”. A través de la inteligencia artificial se han desarrollado los sistemas expertos que pueden imitar la capacidad mental del hombre y relacionan reglas de sintaxis del lenguaje hablado y escrito sobre la base de la experiencia, para luego hacer juicios acerca de un problema, cuya solución se logra con mejores juicios y más rápidamente que el ser humano. En la medicina tiene gran utilidad al acertar el 85 % de los casos de diagnóstico.
Varios ejemplos se encuentran en el área de control de sistemas, planificación automática, la habilidad de responder a diagnósticos y a consultas de los consumidores, reconocimiento de escritura, reconocimiento del habla y reconocimiento de patrones. Los sistemas de IA actualmente son parte de la rutina en campos como economía, medicina, ingeniería y lamilicia, y se ha usado en gran variedad de aplicaciones de software, juegos de estrategia como ajedrez de computador y otros videojuegos.

Influencias En Distintos Ámbitos

1     En El Campo Educativo:

      En este punto de vista, se debe enfocar la ayuda que el material informático presta al campo educativo, en el sentido de que en estos tiempos de alta informatización de la sociedad, se puede sacar provecho a la utilización de computadoras u ordenadores para lograr la enseñanza asistida por estas.
También pertenece a este punto referente al sector educativo, la aparición de nuevas ciencias que se conforman en nuestro caso, que es el campo legal, en informática jurídica, derecho informático, entre otras, que permiten un mejor desarrollo de la actividad informática, como también grandes ventajas en la aplicación de una ciencia autónoma como lo es el derecho, de la ayuda de la informática para la mejor aplicación de la mencionada ciencia.

2    En El Campo De Investigación:
En este sector la Informática Jurídica decisional tiene su importancia en el hecho de que a través de sistemas de Inteligencia Artificial, se puede mediante las computadoras u ordenadores, establecer ciertas teorías, acerca de alguna hipótesis proporcionada por el usuario.
La computadora u ordenador, utilizando el sistema de Inteligencia Artificial, y mediante la información que se le haya pre construido en la memoria, podrá dar ciertas teorías que pueden ayudar a obtener mejores y más variados puntos de vistas acerca de una determinada hipótesis, haciendo que la investigación sea más completa.
3    
            En La Redacción De Documentos O Demandas:
En este caso hay que aclarar que no se trata de la redacción automática de actos repetitivos, debido a que ese punto pertenecería a la Informática Jurídica de Gestión y Control.
De manera que, la Informática Jurídica decisional va más al fondo, porque resulta que trata acerca de las posibles correcciones en la redacción del documento, referidas a redundancias, vacíos o errores legales, mal redacción, errores ortográficos y/o gramaticales, entre otras cosas, con la finalidad de conseguir como fin último la realización de un documento que llene todos los requisitos formales y materiales.

La Informática Decisoria, es el proceso en el cual se utiliza la “Informática” como un instrumento para ayudar a la toma de decisiones, a lo que comúnmente de le llama “inteligencia artificial”, es el empleo de herramientas y sistemas expertos. Actualmente se ha visto un gran uso de esta herramienta a la hora de tomar una sentencia por los jueces en un caso; surge de la necesidad que el computador facilite la información adecuada al jurista para ayudarle a tomar una correcta decisión.
De la Informática Decisoria, parte la necesidad de crear sistemas expertos, es aquel sistema mecanizado capaz de organizar procesos y analizar automáticamente un cúmulo de información y conocimientos produciendo para el usuario una caracterización deontológica de la acción que debe ejecutar. En otras palabras un consejo o una guía sobre la acción que debería realizar en forma pertinente y funcional
Abarca una gran variedad de esfuerzos y proyectos que intentan obtener de las aplicaciones de la informática al derecho, resultados que vayan más allá de la recuperación de información, con la pretensión de que la máquina resuelva por sí misma problemas jurídicos, o al menos auxilie a hacerlo y constituya al avance de la técnica jurídica.
El Derecho cada día se encuentra en una constante evolución, esto se puede tomar como una de esas formas en la que el Derecho ha evolucionado en forma práctica, ya que ha facilitado la aplicación de sentencias y decisiones en el ámbito Jurídico, sin embargo, la Informática Decisoria no solo ha sido utilizada en este ámbito, también en la educación por la aparición de nuevas ciencias que se conforman en nuestro caso, que es el campo legal, en informática jurídica, derecho informático, entre otras, que permiten un mejor desarrollo de la actividad informática.

La Importancia del Derecho Informático En Ecuador

La definición exacta del Derecho Informático es inconclusa ya que no existe un alegato exacto, ya que se considera por un lado, conjuntos de normas y reglas que regulan las consecuencias nacidas de la relación entre el derecho y la informática; y por otro lado se dice que es una rama del derecho, la cual se encarga de evaluar todo lo encargado del derecho en la informática. Pero aun así y todas las complicaciones textuales, se puede decir que el derecho informático es el estudio del funcionamiento interno que surge del derecho conjugado con la informática, en vez de estudiar los aparatos electrónicos que facilitan este proceso, el derecho informático, se basa (desde el ámbito que se visualice) en dichos procesos efectuados.

LA ASOCIACIÓN ECUATORIANA DE DERECHO INFORMATICO Y TELECOMUNICACIONES.



La Asociación Ecuatoriana de Derecho Informático y Telecomunicaciones (AEDIT), es una asociación sin fines de lucro, cuyo objetivo principal es promover el desarrollo de la investigación, capacitación y actualización de los profesionales ecuatorianos en los campos del Derecho Informático, la Información Jurídica y el derecho de las Telecomunicaciones.

Tiene sede en la ciudad de Quito, en Ecuador pero su aporte y participación incluye la región andina, Latinoamericana y el mundo.

Fue creada el 20 de febrero del año 2003 y en la actualidad se proyecto como una asociación de la sociedad civil que aporta significativamente en el debate del nuevo marco jurídico que haga de la sociedad de la información una realidad para todos.

La AEDIT pone a disposición de sus miembros y publico en general los siguientes servicios:


  1. Base de conocimientos: ofrecen información en formato impreso y digital de artículos, investigaciones y reportes relacionados con el derecho informático, la informática jurídica y telecomunicaciones.
  2. Capacitación: diseñan y organizan soluciones de capacitación para empresas privadas e instituciones publicas de los campos del derecho informático, la informática jurídica y telecomunicaciones.
  3. Consultoría: cuentan con un selectivo grupo de profesionales en las ramas del derecho, la informática y las telecomunicaciones dispuestos asesorarles en temas legales y técnicos.
  4. Congresos Internacionales: organizan y asisten a encuentros y congresos internacionales relacionados con el desarrollo informático y el desarrollo de la sociedad de la información.

La Asociación Ecuatoriana de Derecho Informático y Telecomunicaciones se caracteriza por el impulso que les da a los proyectos de investigación con el fin de crear un marco jurídico coherente. Algunos de estos proyectos son:


  1. Acceso a la Información Publica: En el cual se discute la creación del instructivo al reglamento de la ley de transparencia y Acceso a la Información Publica.
  2. Protección de Datos: Se desarrolla una propuesta para la creación de una ley que regule los datos, acceso y confidencialidad.
  3. Sociedad de la Información: Se participa en las reuniones de preparación para la segunda fase de la Cumbre de la Sociedad de la Información.
  4. Gobierno Electrónico: SE participa en los debates para la definición de políticas publicas relacionados con estrategias gubernamentales a través del portal del Estado.


OBJETIVOS DE LA AEDIT.

    1. Promover el desarrollo e investigación del Derecho Informático, la informática Jurídica y el derecho de las telecomunicaciones.

    2. Promover los conocimientos jurídicos relacionados con la informática y la telemática.

    3. Difundir entre los Abogados y demás profesionales el uso de la tecnología aplicada a sus actividades diarias.

    4. Facilitar a sus Miembros y a los profesionales relacionados, tecnología actualizada para sus actividades.

    5. Propiciar la capacitación de sus Miembros y profesionales relacionados con las modernas tendencias jurídicas y la actualización de la información.

    6. Proveer a sus Miembros información relacionada con el Derecho informático.

    7. Participar ante Organizaciones públicas y privadas nacionales o extranjeras.




COLABOLADORES O LINKS DE INTERES DE LA AEDIT.



  1. Alfa-Redi: Red latinoamericana de derecho informático, posee una base documental interesante. Organiza los congresos andinos, latinoamericanos y mundial de derecho informático. ( www.alfa-redi.org).
  2. Diario la Hora: Aliado estratégico de la AEDIT para la comunicación y promoción de sus eventos. Es uno de los principales diarios del Ecuador de circulación nacional. (www.lahora.com.ec).
  3. Ediciones Legales: Proveedor de información impresa y electrónica del marco jurídico vigente en el Ecuador. Desarrolla soluciones informáticas para el acceso de información jurídica. (www.edicioneslegales.com).
  4. Imaginar-División Multimedia: División dedicada a la producción de material multimedia. Forma parte de imaginar un centro de investigación para el desarrollo de la sociedad de la información y el conocimiento. (www.imaginar.org).

Entre otros enlaces del gobierno Ecuatoriano como las entidades de control, información especializada y los enlaces a nivel nacional.

En Loja, del 20 al 23 de noviembre del 2007, se realizo en Quinto el Congreso latinoamericano de Derecho Informático y Séptimo Iberoamericano Independiente. El mismo tuvo como objetivo analizar las políticas de Gobierno Electrónico, los mecanismos de participación ciudadana y defensa de derechos por medios electrónicos, es decir, se estudio y analizo todos los resultados, beneficios y avances generados por la AEDIT.

Luego en la Ciudad de Cuenca en el Ecuador, se organizó un “Seminario Taller de Derecho Informático” durante la semana del 28 de marzo al 1 de abril de 2011, organizado por el Dr. Benito Matute Matute. El mismo contó con la destacada presencia de los Dres. Miguel Sumer Elías (Argentina) y Mauricio Larriva González (Ecuador) quienes expusieron sobre temas de Derecho Informático y, en especial, sobre delincuencia informática y formas prácticas de proceder.

En dicha ocasión se realizó también el lanzamiento oficial de la Sociedad Ecuatoriana de Derecho Informático (SEDI), con el objetivo de agrupar organizadamente a los abogados ecuatorianos especializados en dicha tematica, realizar investigaciones especificas y se el centro de referencia doctrinaria a nivel gubernamental, enpresarial y periodístico.

Dicha Sociedad estará presidida por el Dr. Larriva González, coordinada por el Dr. Matute Matute e integrada por destacados letrados del Ecuador. Asimismo el Dr. Miguel Sumer Elías fue nombrado Testigo de Honor de su creación.



“ El Dr. Miguel Sumer Elías. A bogado especializado en Derecho Informático y de las Tecnologías de la Información. Director de Información Legal, Presidente de la Fundación Saber Digital y Profesor Titular de la materia “Derecho Informático” en la Universidad de Buenos Aires y Universidad de Cuenca. Fue Asesor de la Presidencia Argentina en la Oficina Nacional de Tecnologías de Información y Asesor de la Asamblea Constituyente de Ecuador para la elaboración de proyectos de leyes informáticas y de Gobierno Electrónico. Autor de numerosos trabajos de investigación y expositor en eventos académicos internacionales.”



“Dr. Mauricio Larriva González. Doctor en Jurisprudencia y Abogado de los Tribunales de Justicia de la República de Ecuador, Especialista Superior en Derecho Procesal (UDA) Universidad Andina. Diplomado Superior en Investigación del Derecho Civil – Universidad Católica de Cuenca – Universidad Regional Autónoma de los Andes. Agente Fiscal Primero de lo Penal de Morona Santiago. Juez Primero de lo Civil de Morona Santiago. Juez Cuarto de lo Civil de Cuenca. Facilitador de Derecho Informático. Profesor de Derecho Informático, Derecho Civil de las Personas en la Universidad de Pacifico.”



Actualmente, se anuncio el nombramiento oficial como corresponsal de la Red Iberoamericana (ElDerechoInformatico.com) en Ecuador, al Dr. Alexander Cuenca Espinosa, el cuál se sumara a la labor que ya viene realizando hace un tiempo el Dr. Diego Acosta Bastidas. Su intensión es ser un punto de conexión e información sobre El Derecho Informático en cada uno los países de Iberoamérica. Será entre otras cosas, responsable de acercarle información actualizada en materia, legislativa, jurisprudencial o doctrinaria a Ecuador. 
En Ecuador han implementado esta modalidad del Derecho Informativo, formando asociaciones o sociedades sin fines de lucro con la finalidad de promover y propiciar el desarrollo de sus investigaciones y una de sus principales funciones es tener un acceso libre para así mantener una conexión actualizada y viable sobre materias legislativa, jurisprudencial, doctrinaria, entre otros, buscando siempre el beneficio del desarrollo del país y las personas que lo integran, se ha tomado en cuenta las proposiciones de los estudiantes para atribuirle al Derecho Informático una condición más adaptada a todos los individuos.

Todas estas herramientas son de necesario conocimiento para los abogados ya que el reglamento que dicta la materia debe cumplirse para que pueda ser aplicada de manera legal, de allí la importancia que tiene el estudio que presenta el Derecho Informático como contribución.

Referencias Bibliográficas



Fuentes Electrónicas:



  1. Informática Jurídica. [Documento en línea]. Disponible en: http://informaticajuridica.blogcindario.com/2008/10/00006-derecho-informatico-e-informatica-juridica.html. [Consulta 2015, Febrero 12].
  2. Informática y Derecho Jurídico. [Documento en línea]. Disponible en: http://www.monografias.com/trabajos23/informatica-derecho-juridico/informatica-derecho-juridico.shtml. [Consulta 2015, Febrero 12].
  3. Derecho Informático. [Documento en línea]. Disponible en: http://es.slideshare.net/josephito9/cdocuments-and-settingsusuarioescritorioderecho-informatico. [Consulta 2015, Febrero 12].
  4. La Asociación Ecuatoriana de Derecho Informático y Telecomunicaciones (AEDIT). [Documento en línea]. Disponible en: http://www.aedit.org.ec/index.htm. [Consulta 2015, Febrero 13].
  5. Sociedad Ecuatoriana de Derecho Informático (SEDI). [Documento en línea]. Disponible en: http://www.informaticalegal.com.ar/2011/04/12se-creo-la-sociedad-ecuatoriana-de-derecho-informatico-sedi-en-cuenca/.[Consulta 2015, Febrero 13].
  6. Derecho Informático Ecuador. [Documento en línea]. Disponible en: http://www.elderechoinformatico.com/index.php?option=com.content&layout=blog&id=176&Itemid=151.[Consulta 2015, Febrero 13].
  7. Derecho Informático. [Documento en línea]. Disponible en: http://www.ecured.cu/index.php/Derechoinform%C3A1tico. [Consulta 2015, Febrero 13].
  8. Informática Jurídica. [Documento en línea]. Disponible en: http://www.puce.edu.ec/sitios/documentos_DGA/13_9_0901_2008-01_12537_1713627071_S_1.pdf.[Consulta 2015, Febrero 13].