Informatica

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sábado, 28 de marzo de 2015

Marco Jurídico Venezolano En Las TIC


Leyes, Decretos Y Reglamentos Que Sustentan El Uso De Las TIC en Venezuela


En la nueva era de “la sociedad del conocimiento”, la información y las comunicaciones, son factores extremadamente claves en los procesos de producción y creación de riqueza. Las TIC cumplen un papel determinante en esta nueva sociedad, por lo que los ciudadanos en general y los gobiernos en particular, especialmente en aquellas naciones que van a la vanguardia del desarrollo, han comprendido la convergencia de elementos que comienzan a desplegarse tratando por ende de organizar el contexto tecnológico para incrementar su productividad y bienestar. Las visiones coinciden en concebir a las TIC como instrumentos que pueden contribuir al logro de amplios objetivos nacionales, tanto sociales como económicas, en la medida en que los Estados las incorporen a las principales políticas y programas de desarrollo de sus naciones.
Las tecnologías de Información y comunicación, en cuanto a servicios se enfocan hacia dos direcciones: en primer lugar se orientan hacia los servicios de las tecnologías de información (Contenidos e información en general orientadas hacia la base de conocimiento) y en segundo lugar hacia la acepción de telecomunicaciones a fin de establecer y poner a disposición redes y plataformas tecnológicas que permitan la disponibilidad para acceder a la base de conocimiento de los servicios de información.
No obstante, las Tecnologías de Información y Comunicaciones no son un remedio para solucionar todos los problemas del desarrollo, tales como la pobreza, la calidad de vida y entre otros la igualdad de oportunidades. Por ello, las políticas dirigidas al desarrollo de las TIC deben ir acompañadas de estrategias para así poder reducir el desequilibrio que actualmente se ve, producido por la poca información que se tiene en cuanto a sus beneficios, consecuencias, el uso correcto, etc.
Ante esta realidad, Venezuela enfrenta el desafío de diseñar un Plan de Tecnologías de Información y Comunicación (PlanTIC) que incorpore en sus Lineamientos, Políticas y Estrategias, el conjunto de elementos que faciliten el despliegue de una Plataforma Nacional de Tecnologías de Información (PNTI), que democratice el acceso a la información y el conocimiento, con el apoyo de las tecnologías de comunicación y las posibilidades que brinda la internet, otros logros que nos brinda el Ministerio de Ciencia Y Tecnología al diseñar este plan es la contribución en todos los ámbitos de la sociedad y en la actuación del Estado ya que se manifiesta de manera concreta en:
  • Los procesos educativos a todos los niveles y modalidades, y de bienestar social.
  • En el desarrollo rural y en la programación de la distribución de la riqueza.
  • En los esfuerzos de conservación de los recursos naturales y del medio ambiente.
  • En los procesos de dirección y gobierno para construir una economía fuerte con armonía social (prospectiva en línea y planificación interinstitucional automatizada).
Para que el país o el Ministerio de Ciencia Y Tecnología que es el ente encargado en esta materia logre llegar a cumplir con este desafió necesita de una exigencia de capacidad tanto de dirección como del gobierno.
En la situación actual de las TIC, en Venezuela existe una infraestructura de telecomunicaciones que provee servicios básicos, tanto en el sector público como en el privado, y durante años el Estado ha invertido recursos a nivel de educación superior para formar una generación de profesionales calificados que atienda este sector. Desde el punto de vista legislativo, recientemente se ha modificado la Ley de Telecomunicaciones que data de 1945 con la finalidad generar un marco adecuado para la modernización y apertura de las telecomunicaciones en el país.
En el marco legal, Venezuela se fundamenta es a partir del año 1999 donde establece en los artículos (102, 108, 109,110) que el estado venezolano garantizara y designara recursos suficientes para el servicio de información mediante los servicios de informática y medios de comunicación en pro del conocimiento y al derecho a acceder a la información. La actual Constitución Nacional de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela reconoce como de interés público la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y sus aspiraciones y los servicios de información, a los fines de lograr el desarrollo económico, social y político del país.
En relación a los decreto No 825, 3 390 y 1 290, orientan el formato de la educación, la ciencia y la tecnología como instrumentos fundamentales para el desarrollo y la transformación económica y social del país. La actual Constitución Nacional de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela reconoce como de interés público la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y sus aspiraciones y los servicios de información, a los fines de lograr el desarrollo económico, social y político del país.
Existen tres decretos muy importantes que avalan las Tecnologías:
  • El 825 (uso del internet): Declara el acceso y el uso de internet como política prioritaria para el desarrollo cultural, económico y social del país, así como también en uno de sus artículos señala que el antiguo Ministerio de Educación Cultura y Deportes dictará las directrices para instruir sobre el uso de internet, es decir, no sólo lo incorpora sino lo regula para su correcto funcionamiento.
  • El decreto 3.390 (aplicación del software libre): Impulsa el software libre en todas las instituciones de administración pública, desarrollado con estándares abiertos, para no limitar a las personas al uso de una licencia privada, principalmente a las instituciones educativas.
  • Y el decreto 1.290 (administración y financiamiento de la tecnología): Comienza a formar parte en el año 2.008 del Ministerio de Ciencia y Tecnología el cual define las estrategias y lineamientos que orientan todas las políticas en materia Tecnológica.
Por otro lado, encontramos la Ley Orgánica De Educación la cual nos expresa que los medios de comunicación son esenciales para el desarrollo del proceso de educación. Art 9.
Es importante destacar que las TIC en materia educativa nos ofrece:
  • Desarrollo de contenidos educativos en formato electrónico para los diferentes niveles y modalidades del sistema educativo venezolano.

  • Formación del personal docente en el uso y aplicación de las tecnologías de información y comunicación.

  • Desarrollo de la infraestructura tecnológica de telecomunicaciones y de conectividad a Internet, a ser utilizada por los actores que intervienen en el proceso educativo
De igual manera la LOPNA art. 73 establece la inclusión a los niños y los adolescentes en todos los aspectos de investigación Tecnológica: y por último la Ley de Telecomunicaciones que está encargada de promover el desarrollo de los proyectos que se relacionen con la transferencia tecnológica y uso de los equipos.
Leyes y Decretos aprobados en Venezuela.
-1999: La aprobada ley de simplificación de trámites administrativos. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Extraordinario Nº 5.891 de fecha 22 de octubre.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Carta Magna vigente de Venezuela, adoptado el 15 de diciembre.
-2000: Decreto Nº 825 sobre el acceso y uso de internet. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Nº 36.955 fecha de 22 de mayo.
-2001: Ley especial de delitos informáticos. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº
Ley sobre mensajes de datos y firmas electrónicas. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 1.204 de fecha 10 de febrero.
Resolución Nº 079 sobre criterios técnicos para la adquisición de sistemas de computación en la administración pública. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.243 de fecha 19 de julio.
-2003: Decreto Nº 2.479 Creación de la comisión presidencial para la red del Estado. De fecha 27 de junio, Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.733 de fecha 16 de julio.
-2004: Decreto Nº 3390 sobre el uso de software libre en la administración pública. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.095 de fecha 23 de diciembre
Reglamento parcial del Decreto de ley sobre mensajes de datos y firmas electrónicas. Decreto Nº 3.335 de fecha 12 de diciembre. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.086 de fecha 14 de diciembre.
Reglamento parcial de la Ley Orgánica de la Ciencia, Tecnología e Innovación. Decreto Nº 8.579 de fecha 8 de noviembre. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.795 de la misma fecha.
-2006: Resolución 3.320 MCTI mediante la cual se dictan políticas, normas y procedimientos de seguridad informática, física y lógica en los bienes informáticos de los Órganos y entes de la administración Pública. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.414 de fecha 16 de abril.
Resolución Nº 321 MCTI mediante la cual se establece el registro de la plataforma de los recursos de tecnología de la administración Pública. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.418 de fecha 17 de abril.
-2009: Resolución Nº 005 MPPTI Sobre formatos de archivos no editables. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.109 de fecha 29 de enero.
Resolución Nº 006 MPPTI Sobre formatos de archivos no editables. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.109 de fecha 29 de enero.
37.313 de fecha 30 de octubre.

 

-2010: Ley orgánica de ciencia, tecnología e innovación. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.575 de fecha 16 de diciembre.
Resolución N 025 MCTI sobre uso de la meta distribución Canaima GNU/Linux en la administración Pública Nacional. Gaceta oficial Nº 39.633 de la fecha 14 de marzo.
-2011: Ley de Telecomunicaciones Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Nº 39.610 de fecha 07 de febrero.
Ley de Responsabilidad Social en radio, televisión y medios electrónicos. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº39610 de fecha 07 de febrero
-2012: Ley sobre acceso e intercambio electrónico de datos, información y documentación entre los órganos y Entes del Estado. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Nº 39.945 de fecha 15 de junio.
-2013: Ley de infogobierno. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.274 de fecha 17 de octubre.
Ley Plan de la patria publicada en la gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Nº 40.308 extraordinario Nº 6.118 con fecha del 4 de diciembre.


-2010: Ley orgánica de ciencia, tecnología e innovación. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.575 de fecha 16 de diciembre.
Resolución N 025 MCTI sobre uso de la meta distribución Canaima GNU/Linux en la administración Pública Nacional. Gaceta oficial Nº 39.633 de la fecha 14 de marzo.
-2011: Ley de Telecomunicaciones Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Nº 39.610 de fecha 07 de febrero.
Ley de Responsabilidad Social en radio, televisión y medios electrónicos. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº39610 de fecha 07 de febrero
-2012: Ley sobre acceso e intercambio electrónico de datos, información y documentación entre los órganos y Entes del Estado. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Nº 39.945 de fecha 15 de junio.
-2013: Ley de infogobierno. Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.274 de fecha 17 de octubre.
Ley Plan de la patria publicada en la gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Nº 40.308 extraordinario Nº 6.118 con fecha del 4 de diciembre.


1 comentario:

  1. El decreto 3.390 (aplicación del software libre) lamentablemente fue derogado, así no podemos aspirar a tener una soberanía tecnológica.

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